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BLOG DEL LAICADO TRINITARIO DE VALDEPEÑAS

Proyecto de Vida

ESTATUTOS DEL LAICADO TRINITARIO.

ESTATUTOS DEL LAICADO TRINITARIO. INTRODUCCIÓN

«Los laicos trinitarios, incorporados a Cristo por el bautismo, participan en su función sacerdotal, profética y real y se consagran de forma peculiar a la Santísima Trinidad. Guiados por la Regla de San Juan de Mata, asumida en el Proyecto de Vida del Laicado Trinitario [= PVLT], siguen a Cristo por los caminos del Evangelio, según el don recibido, tienden a la perfección de la caridad, y manifiestan en la Iglesia y en el mundo la dimensión secular del carisma trinitario. Según el propio estado de vida, viven su vocación laical en fraternidad y en comunión con todos los miembros de la Familia Trinitaria, procurando con todas sus fuerzas la gloria de la Trinidad y la redención de los hermanos» (PVLT, p. 28: Identidad del laico trinitario). La vida e identidad del laicado están reguladas en el Proyecto de Vida del Laicado Trinitario (PVLT), aprobado por la Santa Sede el 15 de noviembre de 2000. Están representados en el Consejo Internacional del Laicado Trinitario (CILT), compuesto actualmente por ocho miembros. Los presentes estatutos presuponen y asumen como ideario común del laicado trinitario el citado Proyecto de Vida del Laicado Trinitario.

CAPÍTULO I: Naturaleza y finalidad

1. Se constituye por tiempo indefinido El Grupo de Laicado Trinitario en Valdepeñas, vinculada a la comunidad de los padres trinitarios del Colegio Santísima Trinidad de Valdepeñas, C/. Virgen 35,  donde tiene su domicilio.
2. Esta Fraternidad es una Asociación de fieles cristianos, cuyos miembros, viviendo en el mundo y guiados por la Regla de San Juan de Mata, asumida en el PVLT, siguen a Cristo según el don recibido y manifiestan en la Iglesia y en el mundo la dimensión secular del carisma trinitario.
3. La Fraternidad «San Juan de Mata» es Asociación eclesial pública, dotada de capacidad de adquirir, poseer y administrar bienes de todas clases, según la forma y los fines que se determinan en los presentes estatutos.

CAPÍTULO II: Vida de la fraternidad

A.- Vida fraterna

4. Siguiendo la Regla de San Juan de Mata, que es escuela de fraternidad, los laicos trinitarios viviremos nuestras relaciones fraternas como reflejo de nuestra comunión con las divinas Personas, tal y como nos indica el PVLT (nn.7-17).
5. Cultivaremos el espíritu fraterno entre todos mediante una vida de solidaridad, el diálogo interpersonal, la participación en los acontecimientos familiares alegres o tristes, la atención especial para con los ancianos, enfermos y atribulados de la Fraternidad.
6. Participaremos con interés en los encuentros de la Fraternidad y en las celebraciones de la Familia Trinitaria.
7. La Fraternidad tendrá encuentros festivos con ocasión de la Navidad, Pascua y fin de curso.
8. Festejaremos fraternalmente los cumpleaños de los miembros de la Fraternidad.
9. Fomentaremos la comunión y la comunicación con las demás Fraternidades laicales de la Familia Trinitaria.
10. Como signo de caridad y de comunión fraterna (cf. PVLC 14), tendremos presentes en nuestra oración a los hermanos difuntos de la Fraternidad y, cuando fallezca alguno, celebraremos por él una eucaristía.

B.- Vida espiritual

11. Para cumplir con las exigencias de vida espiritual marcadas por el PVLT (nn.15-19), alimentaremos la comunión con las Tres Divinas Personas mediante la oración, el contacto habitual con la Palabra de Dios, la participación en las celebraciones litúrgicas, particularmente los sacramentos de la Eucaristía y de la Reconciliación. Cultivaremos también el amor filial a la Virgen María, invocada con el título de Madre del Buen Remedio.
12. La Fraternidad participará como tal en las celebraciones eucarísticas junto con la comunidad con ocasión de las fiestas principales de la Familia Trinitaria: Santísima Trinidad, Santísimo Redentor, Nuestra Señora del Buen Remedio, San Juan de Mata, Santa Inés, San Juan Bautista de la Concepción, Beato Domingo Iturrate, Beata Ana Mª Taigi, Beata Isabel Canori Mora.
13. Rezaremos el santo Trisagio, oración característica de la Familia Trinitaria, cada día, sea personalmente sea en la iglesia parroquial con los fieles.
14. En lo posible, rezaremos diariamente el santo rosario.
15. Haremos medio día de retiro espiritual coincidiendo con los tiempos fuertes del Año Litúrgico u otras fechas de especial significado para la Iglesia o la Familia Trinitaria.
16. Cada año tendremos cinco días de Ejercicios Espirituales.

C.- Vida apostólica

17. Nos comprometemos en la búsqueda de la libertad, de la justicia, de la solidaridad y de la paz en los ámbitos de nuestra vida cotidiana: familia, trabajo, relaciones sociales (cf. PVLT 20).
18. Colaboraremos activamente con las iniciativas de la parroquia que tengan como fin la evangelización, la catequesis y la acción caritativa, sobre todo en favor de los enfermos, ancianos y marginados sociales.
19. La Fraternidad realizará también gestos de solidaridad en favor de las misiones trinitarias de Madagascar y de las obras sociales que los trinitarios llevan a cabo en el Vicariato de América Central.
20. Como grupo laical autónomo, la Fraternidad podrá promover por su cuenta iniciativas apostólicas que vayan encaminadas a hacer realidad el amor redentor de la Santísima Trinidad.

CAPÍTULO III: Formación

21. Para satisfacer la necesidad de “una formación integral, específica, inicial y permanente” (PVLT 29), los miembros de la Fraternidad cuidarán de auto-formarse bien en los aspectos indicados por el n. 31 del PVLT y, a su vez, la Fraternidad planificará encuentros de formación, teniendo en cuenta las dos vertientes: humano-cristiana y trinitaria.
22. Con el acompañamiento del Asistente espiritual, cada año se hará un programa de formación teniendo en cuenta las necesidades y circunstancias particulares de la Fraternidad.
23. La Fraternidad tendrá un encuentro semanal de formación (estudio, oración o convivencia), en el que se puedan tratar sea temas desarrollados de forma sistemática sea cuestiones particulares del momento.

CAPÍTULO IV: Organización y competencias

24. La Fraternidad contará con un Responsable, un Secretario, un Tesorero y un Asistente espiritual, quienes formarán el Consejo local. «El Responsable y el Consejo son elegidos por los miembros de la Fraternidad, salvo el Asistente espiritual, que es elegido a norma del número 36» del PVLT (Ibid., 49). El Consejo podrá designar a algunos miembros para prestar otros servicios particulares.
25. Al Consejo local compete:
- Animar, como hermanos entre hermanos, la vida de la Fraternidad, de acuerdo con el PVLT y estos Estatutos.
- Velar por la administración de los bienes de la Fraternidad, estudiando los modos concretos de autofinanciación y tratando de potenciar las obras caritativo-sociales propias.
- Acoger con amor a los nuevos miembros, tratando de que alguien los acompañe en su formación inicial.
- Admitir a los iniciados para el Compromiso.
- Organizar encuentros de estudio, formación, oración y convivencias festivas.
- Proponer a la Autoridad competente el Asistente espiritual de acuerdo con el n. 36 del PVLT.
- Corregir fraternalmente a los miembros que se desvíen de los objetivos que persigue la Fraternidad y separar de la misma a los que dieren lugar a ello.
26. Al Responsable corresponde:
- Convocar, por sí mismo o a través del Secretario, las reuniones ordinarias del Consejo.
- Presidir las reuniones en calidad de moderador(a).
- Coordinar las diversas actividades y urgir para que los compromisos adquiridos se lleven a cabo.
- Representar a la Fraternidad ante la Familia Trinitaria, la Iglesia local y la sociedad civil. En casos particulares podrá delegar en otro miembro de la Fraternidad.
- Velar para que exista una buena comunicación con la Familia Trinitaria a todos los niveles.
27. Al Secretario corresponde:
- Convocar, con el consentimiento del Responsable, a las reuniones.
- Recoger lo más importante de la vida de la Fraternidad y consignarlo en acta.
- Presentar las actas periódicamente en las reuniones de la Fraternidad.
- Tener al día el Libro de miembros inscritos en la Fraternidad y en sus diferentes etapas.
- Tener en orden el fichero de la pequeña biblioteca de la Fraternidad y tratar de enriquecerla todo lo posible.
28. Al Tesorero corresponde:
- Administrar fielmente los bienes que posea la Fraternidad.
- Buscar, junto con el Consejo, las formas de autofinanciación y la comunicación de bienes con los más necesitados.
- Presentar el estado de cuentas al Consejo semestralmente y una vez al año a toda la Fraternidad.

2 9. Al Asistente espiritual corresponde:
- Acompañar a la Freternidad en su camino formativo.
- Formar parte activa del Consejo local, con voz y sin voto.
- Organizar, junto con el Consejo local, encuentros de formación, oración y animación.
- Facilitar material sobre la espiritualidad y la historia de la Orden Trinitaria, y sobre la marcha de la Familia Trinitaria en el mundo.
30. La elección de las personas que han de desempeñar estos cargos se hará por todos los miembros de la Fraternidad que hayan hecho el Compromiso Temporal con voto secreto, según las normas del Derecho canónico. El candidato o candidata para Responsable deberá haber cumplido al menos tres años de Compromiso Temporal y su elección requerirá mayoría cualificada.
31. El Responsable elegido deberá ser presentado por el Secretario al Superior Mayor para su confirmación.
32. La duración de todos los cargos será de tres años, pudiendo ser reelegidos otras dos veces consecutivas.
33. Los asuntos que tengan relación con la vida de la Fraternidad se estudiarán entre todos los miembros en las reuniones habituales que se señalen en la programación del curso.

CAPÍTULO V: Organización y competencias

34. En esta Fraternidad podrá ser admitida cualquier persona de buena voluntad que no tenga los impedimentos señalados en el Derecho Común.
35. «El candidato presenta la petición por escrito al Consejo, quien lo admite si considera que existe en él suficiente madurez humana y cristiana, lo considera idóneo para el camino evangélico señalado por el PVLT. La admisión se hace con rito propio» (PVLT 51).
36. Durante el primer año el nuevo miembro de la Fraternidad hará un camino de iniciación y formación, superado el cual será admitido al compromiso o consagración. La formación se centrará en las relaciones humanas y de grupo, en la profundización de la fe y en el conocimiento de la historia y la espiritualidad de la Familia Trinitaria.
37. «Para la admisión al compromiso o consagración, el candidato presentará su petición por escrito al Consejo de la Fraternidad, al cual el encargado de la formación remitirá asimismo una información suficiente sobre el candidato». «El compromiso o consagración se hace con rito propio» (PVLT, 55-56).
38. «Dicho compromiso o consagración se renueva cada tres años, tras petición escrita del candidato. Quien desee emitir el compromiso definitivo, lo solicitará por escrito al Consejo de la Fraternidad, quien examinada la petición podrá acogerla. Cada año, en la solemnidad de la Santísima Trinidad, se renovará por devoción, en común, la consagración o compromiso» (PVLT 57).
39. “La admisión y el compromiso o consagración se registrarán en los respectivos libros de la Fraternidad” (PVLT 59).
40. Aprovechando las posibilidades que ofrecen la parroquia y el colegio de los hermanos trinitarios, la Fraternidad buscará el modo de dar vida a, al menos, un grupo juvenil del laicado trinitario, que se regirá por normas apropiadas.
41. Nadie que haya sido admitido legítimamente a la Fraternidad podrá ser expulsado de ella si no es por causas justas y graves, de acuerdo con el Derecho Común y estos Estatutos.

CAPÍTULO VI: Administración de bienes

42. La Fraternidad establecerá, en asamblea general, las cuotas que han de pagar sus miembros.
43. Entre los bienes de la Fraternidad están también los donativos procedentes de personas o entidades y los legados o herencias con que pueda ser favorecida.
44. Los ingresos provenientes de las cuotas y de otros conceptos constituyen un fondo al servicio de la redención, cuyo destino concreto será determinado por la Fraternidad.